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Aprueban Ley en Materia de Desaparición Forzada y Ley de Víctimas para el Estado de Guanajuato

La ley tiene por objeto, la prevención, investigación y sanción de los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares

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La ley tiene por objeto, la prevención, investigación y sanción de los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares

Ley en Materia de Desaparición Forzada

El Pleno del Congreso aprobó, por unanimidad, la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Estatal de Búsqueda de Personas para el Estado de Guanajuato.

La ley tiene por objeto, la prevención, investigación y sanción de los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, y los delitos vinculados con la desaparición de personas; así como, establecer los mecanismos de coordinación entre las autoridades estatales y municipales para buscar a las personas desaparecidas y esclarecer los hechos.

Aspectos que destacar de la ley:

  • Se crea el Sistema Estatal de Búsqueda de Personas.
  • Se elimina del término persona no localizada lo cual permitirá considerar todos los casos como desapariciones desde un inicio, y se aplicarán todas las acciones necesarias para su búsqueda, tanto por la fiscalía especializada como por la comisión de búsqueda.
  • Se crea y regula la organización y funcionamiento de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas.
  • Se garantiza la protección integral de los derechos de las personas desaparecidas hasta que se conozca su suerte o paradero; así como la atención, la asistencia, la protección y, en su caso, la reparación integral y las garantías de no repetición, en términos de la legislación aplicable.
  • Se crea el Registro Estatal de Personas Desaparecidas.
  • Se establecen los mecanismos de coordinación entre las autoridades estatales y municipales para buscar a las personas desaparecidas y esclarecer los hechos.
  • Se garantiza la coadyuvancia de los familiares en las etapas de la investigación, de manera que puedan verter sus opiniones, recibir información, aportar indicios o evidencias.
  • Se establece la forma de participación de los familiares en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda e identificación de personas desaparecidas.
  • Se contará con una Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Desaparición Forzada y Desaparición cometida por particulares.
  • Contempla la integración del Consejo Ciudadano de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas.

Para hablar a favor del dictamen hicieron uso de la tribuna las diputadas Libia Dennise García Muñoz Ledo, Ma. Guadalupe Josefina Salas Bustamante y Lorena del Carmen Alfaro García; así como los diputados Héctor Hugo Varela Flores y Raúl Humberto Márquez Albo.

Ley de Víctimas para el Estado de Guanajuato

Por unanimidad de votos, el Pleno del Congreso aprobó la creación de la Ley de Víctimas para el Estado de Guanajuato, propuesta por la Junta de Gobierno y Coordinación Política.

Con dicha legislación se contribuye a que la entidad y los municipios cuenten con instrumentos jurídicos claros y precisos que midan de manera confiable el número de víctimas y de delitos cometidos o de violaciones a los derechos humanos.

Aspectos que destacar de la ley:

  • Facilita la determinación de la calidad de las víctimas, al distinguir entre víctimas directas (las que han sufrido una agresión directamente) y víctimas indirectas (familiares y personas que tengan una relación inmediata con una víctima directa y cuyos derechos peligren)
  • Reconoce un amplio catálogo de derechos de las víctimas: recibir ayuda y trato humanitario, atención para ellas y sus familiares, conocer la verdad, impartición de justicia, reparación del daño y conocer el proceso penal contra sus agresores
  • Crea instancias para la atención de las víctimas: la Comisión Estatal de Atención a Víctimas, que fungirá como órgano de vigilancia; y un Órgano de Asesoría Jurídica de Atención a Víctimas.
  • Se crea el Sistema Estatal de Atención Integral a Víctimas de Guanajuato.
  • Establece un Registro Estatal de Víctimas, para facilitar el acceso de las víctimas a las medidas de asistencia y apoyo.
  • Integra un Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, a fin de contar con los recursos necesarios para garantizar la concreción de las acciones previstas en la propia ley.

Para hablar a favor del dictamen hicieron uso de la voz la diputada Laura Cristina Márquez Alcalá; así como los diputados José Huerta Aboytes y Raúl Humberto Márquez Albo.